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    <titulo>Madrid número 30. Ejecución 39/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30
141Madrid número 30. Ejecución 39/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Ismael Pérez Martínez, letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 30 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 39/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. ANA MARIA PORTASANY TROVO frente a Dña. CAROLINA ALEJANDRA AGUIRRE LOPEZ y Dña. NATALIA MUÑOZ GONZALEZ sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

EJECUCIÓN Nº: 39/2020

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ

En Madrid, a cinco de febrero de dos mil veinte.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 27/09/2019, a la empresa Dña. CAROLINA ALEJANDRA AGUIRRE LOPEZ en favor del/de los demandante/s Dña. ANA MARIA PORTASANY TROVO y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 8 - 28008, el día 30/04/2020, a las 11:20 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. CAROLINA ALEJANDRA AGUIRRE LOPEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de febrero de dos mil veinte.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.227/20)</texto>
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