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    <titulo>– Valdemoro. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
13Valdemoro. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
Se publica íntegra para general conocimiento la siguiente resolución de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A)  Decreto 1056/2020, de 12 de marzo, que dice literalmente: 
“De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí, el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial lo hagan conveniente.
Por motivos de ausencia indefinida de la concejala doña Joaquina Guerrero Parro, se ha previsto avocar las competencias delegadas en otra Concejala designada a tal efecto.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero..Avocar las competencias delegadas mediante decreto 493/2020, de 10 de febrero, a la concejala delegada de Servicios Sociales, Diversidad Funcional, Salud y Consumo, doña Joaquina Guerrero Parro, hasta que se produzca su reincorporación, asumiendo íntegramente las competencias delegadas esta Alcaldía.
Segundo..Delegar las competencias de Servicios Sociales, Diversidad Funcional, Salud y Consumo en la concejala doña Raquel Cadenas Porqueras, ejerciendo las funciones correspondientes a las materias señaladas hasta que se reincorpore a la concejala doña Joaquina Guerrero Parro.
Tercero..Notificar personalmente a las interesadas a efectos de su conocimiento y aceptación por parte de la concejala delegada, considerándose aceptada tácitamente la delegación si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación del presente decreto no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.
Cuarto..Remitir la presente resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación y efectividad; igualmente se publicarán en la web municipal y dar traslado a los servicios correspondientes para su conocimiento y fines de aplicación”.
Valdemoro, a 13 de marzo de 2020..El alcalde (firmado).
(03/9.062/20)</texto>
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