<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20200403-25</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2020/04/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 99/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>81</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20200403-25</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/04/03/BOCM-20200403-25.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/04/03/BOCM-20200403-25.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/04/03/BOCM-20200403-25.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/04/03/BOCM-20200403-25.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2
25Madrid número 2. Ejecución 99/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 99/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ANGEL GABRIEL PIÑA AZUAJE frente a ESTUDIO DE COCINAS COCISUR SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución con la siguiente parte dispositiva:

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)	Declarar a la ejecutada, ESTUDIO DE COCINAS COCISUR, S.L., en situación de INSOLVENCIA PARCIAL por importe de 13.075,41 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
b)	Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

De conformidad con el art. 276.5 de la L.R.J.S., la declaración firme de insolvencia del ejecutado se hará constar en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de TRES DIAS hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante, para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, debiendo comparecer en esta Oficina Judicial la parte actora o persona con poder bastante para su entrega.

Así, por este decreto, lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESTUDIO DE COCINAS COCISUR S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de febrero de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.150/20)</texto>
</documento>