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    <titulo>– Griñón. Organización y funcionamiento. Delegación competencias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>85</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>GRIÑÓN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
39Griñón. Organización y funcionamiento. Delegación competencias
En cumplimiento de lo exigido por el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Griñón ha dictado decreto 614/2020, de 13 de marzo, del siguiente tenor literal:
“Primero..Avocar todas las competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local, mediante decreto 1083/2019, de 21 de junio, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 169, de 18 de julio de 2019, citadas en el considerando anterior y su inmediata atribución a la Alcaldía-Presidencia como órgano titular de las competencias, con motivo de la situación de crisis sanitaria provocada por el Covid-19.
Segundo..Publicar el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo momento de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del ROF.
Tercero..Notificar a los interesados en el procedimiento.
Cuarto..Dar cuenta del presente decreto al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede interesado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del ROF”.
En Griñón, a 30 de marzo de 2020..El alcalde por delegación (decreto 669/220, de 25 de marzo), Miguel Pereda Navarro.
(03/9.359/20)</texto>
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