<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20200408-85</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2020/04/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 1. Procedimiento 1096/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>85</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20200408-85</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/04/08/BOCM-20200408-85.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/04/08/BOCM-20200408-85.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/04/08/BOCM-20200408-85.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/04/08/BOCM-20200408-85.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1
85Madrid número 1. Procedimiento 1096/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Laura Carrión Gómez, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1096/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. GEORGI STEFANOV IVANOV frente a LIVIU EXPEDITION SLU sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Estimo la demanda formulada por D. GEORGI STEFANOV IVANOV contra la mercantil LIVIU EXPEDITION SLU y declaro la improcedencia del despido efectuado por la empresa, condenando a esta a que readmita al trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido o a que, si así lo manifiestan por escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, le indemnice con la cantidad de 3.096,90 euros; así como, en el caso de proceder a la readmisión, a abonar los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión, por importe diario de 51,19 euros. 
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta del Juzgado aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a LIVIU EXPEDITION SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintiséis de febrero de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.348/20)</texto>
</documento>