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    <identificador>BOCM-20200415-70</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/04/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 228/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20
70Madrid número 20. Ejecución 228/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 228/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DESIREE MOJICA CUEVAS frente a ESCUELA INFANTIL YAIZA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es la siguiente: 

DISPONGO: Que debo acordar y acuerdo la suspensión de la comparecencia señalada para el día 25/03/2020 a las 09:00 horas, quedando pendiente de nuevo señalamiento una vez que cese la causa que lo motiva.

Notifíquese ésta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres días siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente hubiere incurrido la resolución impugnada, sin que la interposición de recurso tenga efectos suspensivos (art. 186 y 187 LRJS).

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez 

D./Dña. TERESA ORELLANA CARRASCO.
EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESCUELA INFANTIL YAIZA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a doce de marzo de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/8.891/20)</texto>
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