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    <fecha_publicacion>2020/04/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Nuevo Baztán. Organización y funcionamiento. Delegación competencias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>96</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>NUEVO BAZTÁN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
20Nuevo Baztán. Organización y funcionamiento. Delegación competencias
“ (…) 
Visto lo dispuesto en el decreto 764, de 26 de junio, de esta Alcaldía, por la que se nombran las Tenencias de Alcaldía y se efectúan delegaciones especiales a favor de determinados concejales. 
Visto lo dispuesto en el decreto 772/2019, de fecha 27 junio, de esta Alcaldía, por el que se acuerda modificar el nombramiento de las Tenencias de Alcaldía y el régimen de delegación de competencias establecido en el mencionado decreto 764/2019. 
Considerándose conveniente efectuar nuevas delegaciones en determinados concejales de esta Corporación sobre competencias atribuidas a la Alcaldía por la legislación vigente, de conformidad con los principios de eficacia y eficiencia que deben regir la actuación de la Administración Pública, en uso de las facultades que me confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo:
Primero..Efectuar delegaciones especiales de las áreas y materias que conserva la Alcaldía sobre los siguientes servicios: 
A)	Comercio, Industria y Servicios Jurídicos a favor de don José Ignacio Espinosa Arjona.
B)	Servicios Sociales a favor de don Julio García Petano. 
En estos casos la delegación comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no incluirá la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Asimismo, la Alcaldía tendrá la facultad de supervisar la actuación de las Concejalías-Delegadas.
Segundo..Ratificar como atribuciones efectuadas por esta Alcaldía para su ejercicio en régimen de delegación de competencias, mediante el Decreto 772/2019, de 27 de junio, a favor de los siguientes concejales: 
.	Doña María Mercedes Picón López: Urbanismo, Sanidad, Mayores, Festejos y Participación Ciudadana. 
.	Don Jesús Garrido Romero: Mantenimiento y Conservación de edificios públicos municipales, Movilidad urbana-interurbana y Protección Civil. 
.	Don Manuel González Zavala: Cultura, Deportes, Infancia y Juventud. 
.	Doña Nuria García Carazo: Medio Ambiente, Espacios Públicos, Educación y Protección Animal. 
En estos casos la delegación comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no incluirá la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Asimismo, la Alcaldía tendrá la facultad de supervisar la actuación de las Concejalías-Delegadas. 
Tercero..La Alcaldía ostentará, en cualquier caso, además de las atribuciones indelegables y las que no han sido objeto de delegación, en particular, se deja expresa constancia de que la Alcaldía conserva las competencias sobre las materias o áreas de Hacienda, Patrimonio, Policía y Personal. 
Cuarto..Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas indicarán expresamente esta circunstancia.
Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.
Quinto..Todas las delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de este decreto, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y aceptación expresa por parte de los concejales-delegados, o tácita, si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación, el destinatario no se manifiesta en contrario ante la Alcaldía.
Sexto..Notificar personalmente el presente decreto a los designados, publicar en el tablón de Anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dese cuenta en la primera sesión plenaria que se celebre.
Lo manda y firma, la alcaldesa, en Nuevo Baztán, a 9 de abril de 2020, de lo que yo, el secretario de la Corporación, tomo razón a los efectos de dar fe pública y incorporar la presente al Libro Oficial de Resoluciones”.
Nuevo Baztán, a 13 de abril de 2020..La alcaldesa, Gema Pacheco Huecas.
(03/9.495/20)</texto>
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