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    <titulo>– Guadarrama. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
19Guadarrama. Régimen económico. Padrones fiscales
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del día 13 de marzo de 2020 han sido aprobados los siguientes padrones fiscales correspondientes al ejercicio 2020:
.	Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. 
.	Tasa por aprovechamiento especial del dominio público municipal por entrada de vehículos a través de las aceras (vados).
.	Tasa por recogida de basuras.
El cobro en período voluntario, cumpliendo lo establecido en los artículos 23 y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio; Reglamento General de Recaudación, y artículo 12.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y según acuerdo de la Junta de Gobierno Local del día 8 de abril de 2020, sobre medidas económicas propuestas ante el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 y la crisis económica provocada por esta, será desde el día 1 de abril hasta el 30 de julio de 2020 y se podrá realizar en las entidades bancarias colaboradoras y en Internet a través de la pasarela de pagos en www.guadarrama.es
El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, con el consiguiente recargo de apremio e intereses de demora, de acuerdo con los dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Lo que se hace público en cumplimiento de la legislación vigente y para general conocimiento.
En Guadarrama, a 13 de abril de 2020..El alcalde, Diosdado Soto Velasco.
(02/9.479/20)</texto>
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