<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20200527-36</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2020/05/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Móstoles. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>126</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20200527-36</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/05/27/BOCM-20200527-36.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/05/27/BOCM-20200527-36.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/05/27/BOCM-20200527-36.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/05/27/BOCM-20200527-36.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MÓSTOLES</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
36Móstoles. Régimen económico. Padrones fiscales
Se pone en general conocimiento que se hallan expuestos al público en la Unidad de Ingresos y Coordinación, los padrones de contribuyentes de los siguientes tributos correspondientes al ejercicio 2020:
.	Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
.	Impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales.
.	Tasa por ocupación de la vía pública con puestos y barracas.
Plazo de exposición: quince días a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán ser examinados y presentarse recursos y reclamaciones en base a lo siguiente:
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, recurso de reposición ante el director general de Gestión Tributaria y Recaudación, por suplencia temporal, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón, o bien directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo de la Ciudad de Móstoles, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago.
Los plazos de ingreso en período voluntario, establecidos por acuerdo de la Junta de Gobierno local celebrada en sesión extraordinaria y urgente el 25 de marzo de 2020 que modificaba el Calendario del Contribuyente del ejercicio 2020, son los siguientes: desde el 5 de junio hasta el 5 de agosto de 2020.
El vencimiento del plazo en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, así como el devengo de intereses de demora y recargos del período ejecutivo en los términos del artículo 161.4 de la Ley General Tributaria.
En Móstoles, a 20 de abril de 2020..El concejal delegado de Recursos Humanos, Tecnológicos y Financieros (firmado).
(02/9.680/20)</texto>
</documento>