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    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
60Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de mayo de 2020, acordó aprobar inicialmente los expedientes de modificación de créditos del presupuesto prorrogado para 2020, números 5, 8 y 10, por concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito, habiendo estado expuestos al público por un período de quince días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación del anuncio provisional en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID números 129, de 29 de mayo de 2020, y 280 de 3 de junio de 2020. En el mencionado período no se ha presentado reclamación alguna contra los mismos por lo que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, han quedado automáticamente elevados a definitivos. El resumen por capítulos de las modificaciones aprobadas es el siguiente:

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Villaviciosa de Odón, a 25 de junio de 2020..El alcalde-presidente, José Luis Pérez Viu.
(03/14.589/20)</texto>
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