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    <titulo>Encomienda de gestión
– Encomienda de gestión de 19 de junio de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, por la que se acuerda la segunda prórroga de la suscrita el 23 de diciembre de 2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS
14ENCOMIENDA de gestión de 19 de junio de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, por la que se acuerda la segunda prórroga de la suscrita el 23 de diciembre de 2019.
De una parte, don Manuel Galán Rivas, Secretario General Técnico de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas.
Y, de otra parte, doña Elena Hernáez Salguero, Secretaria General Técnica de la Consejería de Presidencia.
EXPONEN
Mediante el Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, se modificó la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Por razones de eficacia y con el fin de garantizar la continuidad de la gestión administrativa, se consideró conveniente encomendar, desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2020, a la Consejería de Presidencia determinadas tareas en materia de contratación, gestión presupuestaria y contable, régimen jurídico, régimen interior, registro y personal dentro del ámbito de competencias en materia de Justicia, Interior y Víctimas que ahora corresponden a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, así como las propias del delegado de protección de datos y de la unidad de transparencia de esta Secretaría General Técnica, con excepción de la materia de ordenación y control de juego.
Careciendo las unidades administrativas de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas de personal suficiente para gestionar las funciones que tiene atribuidas por razón de la materia, fue necesario prorrogar la encomienda de gestión acordada el 23 de diciembre de 2019 hasta el 30 de junio de 2020.
La Secretaría General Técnica no dispone aún de todo el personal necesario para la gestión completa de las materias que tiene atribuidas por lo que procede acordar una segunda prórroga de la encomienda en algunas de dichas materias.
Como consecuencia de lo anterior, y al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los titulares de los órganos intervinientes
ACUERDAN
Primero
Objeto
Prorrogar la encomienda de gestión a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia de 23 de diciembre de 2019 para la realización de las funciones y la gestión de los expedientes, en materia de Justicia, Interior y Víctimas, propios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, referidos a contratación, exceptuando los expedientes cuyo gasto se financie con crédito del programa presupuestario 924N; gestión presupuestaria y contable; régimen jurídico, salvo la coordinación y elevación de los asuntos que vayan a ser aprobados por el Consejo de Gobierno, y la tramitación de los recursos administrativos y de los procedimientos de responsabilidad patrimonial; régimen interior, registro, exceptuando las entradas registrales telemáticas y las entradas por la aplicación estatal ORVE, y personal, incluida la gestión de la nómina de la Consejería, la gestión de los programas presupuestarios correspondientes a dichas materias, así como las propias del delegado de protección de datos.
No se incluye en el objeto de la encomienda la materia de ordenación y control de juego.
Segundo
Plazo
La prórroga producirá efectos desde el 1 de julio de 2020 hasta el día 30 de septiembre de 2020, sin perjuicio de la posibilidad de que, si resultase necesario, ambas Consejerías puedan acordar que se prolongue a un momento posterior a dicha fecha.
No obstante, el plazo anteriormente señalado, en la medida en que las unidades administrativas adscritas a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas estén en disposición de gestionar, por tener el personal suficiente, las funciones que tienen atribuidas por razón de la materia, la encomienda dejará de tener eficacia en relación con los determinados ámbitos materiales. Esta circunstancia se hará constar en un documento firmado por los firmantes de la presente encomienda.
Tercero
Competencia
La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
Los actos y resoluciones que den soporte o en los que se integren las actividades materiales, técnicas y de servicios objeto de esta encomienda se adoptarán por los órganos administrativos competentes de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas.
En todo caso, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia tendrá la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal, de acuerdo con la normativa vigente, en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto
Publicación
Publicar la presente encomienda en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 19 de junio de 2020..El Secretario General Técnico de Justicia, Interior y Víctimas, Manuel Galán Rivas..La Secretaria General Técnica de Presidencia, Elena Hernáez Salguero.
(03/14.054/20)</texto>
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