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    <titulo>– El Escorial. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>EL ESCORIAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
30El Escorial. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Aprobada provisionalmente la modificación de las ordenanzas fiscales de los Servicios Deportivos, en sesión plenaria de fecha 1 de julio de 2020, se publica íntegramente el texto modificado conforme a los artículos 17 y siguientes del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedando el texto modificado como sigue:
Artículo 6.  Actividades y servicios de carácter deportivo.
“7.  Actividad colectiva con usos individuales. Precio/hora:
.	Socios: 2,55 euros.
.	No socios: 3,80 euros.
A esta tasa no le será de aplicación ninguna de las bonificaciones establecidas en la presente ordenanza.
La aplicación de esta tasa podrá utilizarse dentro de la programación de los servicios deportivos y será incompatible para las actividades ofertadas en el abono deporte, siempre que se oferte dicho abono deporte”.
Una vez aprobada definitivamente, la anterior modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En El Escorial, a 8 de julio de 2020..La concejala de Deportes, María Victoria Alonso Agrelo.
(03/16.757/20)</texto>
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