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    <titulo>Madrid número 28. Procedimiento 856/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28
59Madrid número 28. Procedimiento 856/2018
EDICTO
Dña. EVA MARÍA LUNA MAIRAL, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 856/2018 instados por la Procuradora Sra. Escudero Gómez en nombre y representación de Dña. CLAUDINA MARTE MUÑOZ contra D. EMILIO RAFAEL CORPORAN LOPEZ en los que se ha dictado en fecha 8 de julio de 2020 sentencia cuyo encabezado y fallo es la siguiente:

SENTENCIA N° 83/2020

MAGISTRADA-JUEZ: Doña EMILIA MARTA SANCHEZ ALONSO.
Lugar: Madrid.
Fecha: ocho de julio de dos mil veinte.

Vistos por la Ilma. Sra. Doña EMILIA MARTA SANCHEZ ALONSO, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia número 28 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 856/2018 promovidos por la Procuradora Sra. Escudero Gómez en nombre y representación de Doña CLAUDINA MARTE MUÑOZ contra D. EMILIO RAFAEL CORPORAN LOPEZ, declarado en situación de rebeldía procesal, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Escudero Gómez, en nombre y representación de Dª Claudina Marte Muñoz contra D. Emilio Rafael Corporán López, en situación de rebeldía procesal, establezco en relación a la hija común las siguientes medidas:

En atención al desconocimiento del actual paradero del demandado D. EMILIO RAFAEL CORPORAN LOPEZ y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a nueve de julio de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/16.675/20)</texto>
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