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    <identificador>BOCM-20200803-16</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO</departamento>
    <rango>EXTRACTO</rango>
    <fecha_publicacion>2020/08/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2020/07/22</fecha_disposicion>
    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Orden 533/2020, de 23 de julio, de la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas correspondiente al ejercicio 2020 para la concesión de las ayudas a la modernización de las librerías de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>186</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO</organismo>
    <tipo_disposicion>EXTRACTO</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO
16EXTRACTO de la Orden 533/2020, de 23 de julio, de la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas correspondiente al ejercicio 2020 para la concesión de las ayudas a la modernización de las librerías de la Comunidad de Madrid.
BDNS (Identif.): 517213
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero
Beneficiarios
Personas físicas que sean profesionales autónomos (correspondientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social) que estén dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la Comunidad de Madrid, y las empresas, siempre que cumplan el resto de requisitos indicados en la convocatoria. Se excluyen las instituciones sin ánimo de lucro y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. 
Segundo
Objeto
El objeto de esta Orden es la convocatoria para el año 2020 de las ayudas públicas para las librerías de la Comunidad de Madrid que realicen proyectos dirigidos a la modernización e innovación de sus procesos de negocio. 
Tercero
Bases reguladoras
Orden 511/2019, de 2 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 85, de 10 de abril de 2019). 
Cuarto
Cuantía
80.000 euros. 
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes 
Veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Pago y justificación 
Las ayudas se abonarán a los beneficiarios con carácter de anticipo a cuenta, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente, y de acuerdo con las disposiciones líquidas de la Tesorería, no siendo necesaria la constitución de garantía. 
Madrid, a 23 de julio de 2020.
		La Consejera de Cultura y Turismo, 		MARTA RIVERA DE LA CRUZ
(03/18.678/20)</texto>
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