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    <identificador>BOCM-20200806-11</identificador>
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    <fecha_disposicion>2020/07/19</fecha_disposicion>
    <titulo>Creación grupo de trabajo
– Resolución de 20 de julio de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, por la que se modifica la Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por el que se crea el grupo de trabajo para la protección de datos personales de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
11RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, por la que se modifica la Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por el que se crea el grupo de trabajo para la protección de datos personales de la Comunidad de Madrid.
Mediante Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Secretaría General Técnica de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, se crea el grupo de trabajo para la protección de datos personales de la Comunidad para la coordinación e interlocución entre las Consejerías de la Comunidad de Madrid, incluidos sus entes institucionales vinculados o dependientes, y que sirve al mismo tiempo de cauce para una mejor adecuación de su actividad administrativa tanto al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, como a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La experiencia acumulada en el desarrollo de su actividad hace aconsejable modificar diversos aspectos en cuanto a su régimen de organización y funcionamiento interno que contribuya a mejorar su operatividad y, por ende, reforzar su seguridad jurídica y eficiencia.
En su virtud, y de conformidad con el artículo 15.2.g) del Decreto 282/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia,
RESUELVO
Artículo único
Modificación parcial de la Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por el que se crea el grupo de trabajo para la protección de datos personales de la Comunidad de Madrid
Se modifica la Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por el que se crea el grupo de trabajo para la protección de datos personales de la Comunidad de Madrid, en los términos que se indican a continuación.
Uno.  Se da una nueva redacción al punto cuarto, que queda redactado de este modo:
“Cuarto
Composición
El grupo de trabajo estará compuesto por los siguientes miembros: el Presidente, los Vocales y el Secretario”.
Dos.  Se da una nueva redacción al apartado segundo del punto quinto, que queda redactado de este modo:
“En caso de ausencia, vacante o enfermedad, será sustituido por el miembro del grupo de trabajo de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden”.
Tres.  En el apartado tercero del punto quinto se añade la nueva letra d) y, la anterior letra d) pasa a ser la letra e), quedando redactadas estas letras como sigue:
“d)	Dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos, así como ejercer el derecho a voto como Vocal Delegado de Protección de Datos de la Consejería competente en la coordinación en materia de protección de datos de carácter personal y, en su caso, como vocal Delegado de Protección de Datos de las Consejerías que gestionara en virtud de encomienda de gestión.
e)	Ejercer cualquier otra función inherente a su condición”.
Cuatro.  Se modifica la letra a) del apartado primero del punto sexto, que queda redactado del siguiente modo:
“a)	Los Delegados de Protección de Datos de cada Consejería o, en su caso, el representante del órgano que tenga atribuidas tales funciones en las Consejerías”.
Cinco.  Se añade un apartado tercero al punto sexto, con la siguiente redacción:
“3.  En los casos en que concurra alguna causa justificada, los vocales del grupo de trabajo podrán ser suplidos por la persona de su consejería designada por los respectivos vocales titulares o secretarios generales técnicos. La delegación de voto se enviará por escrito al Secretario del grupo de trabajo y con anterioridad al inicio de la reunión”.
Seis.  Se da una nueva redacción al apartado primero del punto octavo, que queda redactado como sigue:
“1.  El Secretario y su suplente serán nombrados por el Presidente de entre el personal funcionario de la Consejería competente en materia de coordinación de protección de datos de carácter personal. En caso de que el Secretario sea suplido por un Vocal, éste conservará todos sus derechos como tal Vocal”.
Siete.  Se da una nueva redacción al apartado segundo del punto décimo, que queda redactado como sigue:
“2.  Los acuerdos del pleno serán adoptados por mayoría simple de los asistentes con derecho a voto. A efectos de cómputo de voto, se emitirá un voto por cada Consejería, así como por cada uno de los restantes vocales a que se refiere el apartado 6.1 del presente acuerdo”.
Ocho.  Se añade un apartado tercero al punto décimo, con la siguiente redacción:
“3.  En caso de encomiendas de gestión, el Delegado de Protección de Datos que ejerza dicha encomienda computará también, a efectos de quorum, como representante de las Consejerías encomendadas y tendrá, además del voto propio correspondiente, el derecho al voto por cada una de las consejerías encomendadas”.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Efectos
La presente Resolución surte efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 20 de julio de 2020..La Secretaria General Técnica, Elena Hernáez Salguero.
(03/17.901/20)</texto>
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