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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/08/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 234/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>193</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34
160Madrid número 34. Ejecución 234/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DON FERNANDO BENÍTEZ BENÍTEZ, LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 34 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 234/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON ELDER JESÚS ORELLANA WILLIAMS frente a MADRID BUSSINESS BAR, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución: A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.862,1 euros de principal; 115,86 euros de intereses y 386,21 euros de costas pendientes, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado MADRID BUSSINESS BAR, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Líbrense testimonios a la parte actora para su tramitación ante Fogasa.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MADRID BUSSINESS BAR, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 21 de julio de 2020.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/18.012/20)</texto>
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