<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20200812-174</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2020/08/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 42. Ejecución 86/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>194</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20200812-174</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/08/12/BOCM-20200812-174.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/08/12/BOCM-20200812-174.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/08/12/BOCM-20200812-174.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/08/12/BOCM-20200812-174.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42
174Madrid número 42. Ejecución 86/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 42 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 86/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de *** frente a RESIDENCIA TERCERA EDAD SOTO SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

“Decreto y Auto de embargo de fecha 12.06.2020”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RESIDENCIA TERCERA EDAD SOTO SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de julio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/18.302/20)</texto>
</documento>