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    <fecha_publicacion>2020/08/13</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2020/06/30</fecha_disposicion>
    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 1 de julio de 2020, del Director General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados de la organización denominada Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD) (número de registro de la asociación 28000115)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD
13RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2020, del Director General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados de la organización denominada Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD) (número de registro de la asociación 28000115).
Visto el escrito de solicitud de depósito de modificaciones estatutarias presentado por doña María Sánchez Ruiz, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD), y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada federación asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2020/000103 en esta Oficina de Depósito de Estatutos, de fecha 15 de abril de 2020, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Se adjunta certificación del acta de la reunión de la Asamblea General de fecha 9 de marzo de 2020 que recoge el acuerdo adoptado por el que se modifican los estatutos de la asociación. Se adjunta el texto íntegro de los nuevos estatutos.
En particular, se modifican el artículo 1 por el que se cambia la denominación pasando a ser la de Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD); el artículo 2 por el que se incluyen entre los fines de la asociación los propiamente laborales, y los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 18, 19, 20, 23, 25, 26, 27, 29 y 30 para sustituir el término federación por el de asociación.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977 de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical; en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y en el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
ACUERDA
El depósito de la modificación de estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD); así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, de 10 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” 11 de octubre de 2011).
Madrid, a 1 de julio de 2020..El Director General de Trabajo, Álvaro Rodríguez de la Calle.
(03/19.043/20)</texto>
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