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    <fecha_publicacion>2020/08/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Procedimiento 1692/2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>200</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12
82Madrid número 12. Procedimiento 1692/2012
EDICTO
D. Miguel Ángel Arribas Martín, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 12.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1692/2012, instados por D. Miguel Ángel Romero Pérez contra Diseño Proyectos y Conservación Piscijardín, S. L. Se ha dictado, en fecha 1 de diciembre de 2015, sentencia cuya encabezamiento y fallo son los siguientes:
Sentencia número 230/2015
Magistrado-juez Dña. Pilar Palá Castán..Madrid, a 1 de diciembre de 2015.
1.o  Estimo la demanda formulada por la representación de D. Miguel Ángel Romero Pérez contra Diseño Proyectos y Conservación Piscijardín, S. L.
2.o  Condeno a la parte demandada a que abone a la adora la cantidad de 5.122,26
euros.
3.o  Condeno a la parte demandada al pago del interés legal de la suma a la que asciende la condena desde la interpelación judicial.
4.o  Condeno a la parte demandada al pago de las costas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2440-0000-04-1692-12 de este Órgano.
 En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Diseño Proyectos y Conservación Piscijardín, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la secretaria de este tribunal.
En Madrid, a 8 de julio de 2020..El letrado de la administración de justicia (firmado).
(02/17.482/20)</texto>
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