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    <fecha_publicacion>2020/09/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Confederación Hidrográfica del Tajo. Utilización del agua</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>227</diario_numero>
    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO</organismo>
    <organismo>Confederación Hidrográfica del Tajo</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Confederación Hidrográfica del Tajo
58Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Confederación Hidrográfica del Tajo. Utilización del agua
En relación con el procedimiento iniciado para la aprobación de las tarifas de utilización del agua y de los cánones de regulación correspondientes al ejercicio 2021, y cumplido el trámite previsto en el artículo 309 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se procede a un período de información pública.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización del agua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas del Canal del Henares durante el año 2021.
.	Tarifa de utilización del agua para riego: 16,55 euros/ha.
.	Tarifa de utilización del agua para usos varios distintos de riego: 0,001970 euros/m3.
Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua que utilicen las obras hidráulicas del Canal del Henares, cualquiera que sea el tipo de aprovechamiento.
Independientemente de esta tarifa, los usuarios del sistema estarán obligados al pago del canon de regulación del Henares, en las condiciones que en su cálculo se fijan.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. Asimismo, se podrá consultar el indicado Estudio para Elaboración de las Tarifas y Cánones de Regulación de la cuenca del Tajo para 2021, en el siguiente enlace: http://www.chtajo.es/Servicios/Recaudacion/TarifasYCanones/Paginas/default.aspx. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 13 de agosto de 2020..La secretaria general, Eva María Mediavilla de María.
(02/20.595/20)</texto>
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