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    <identificador>BOCM-20201106-106</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/11/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Fuenlabrada número 5. Procedimiento 740/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>272</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 5
106Fuenlabrada número 5. Procedimiento 740/2019
EDICTO
Doña Rosa María Gómez Gallardo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Fuenlabrada.
Da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 740/2019, instados por el procurador don Javier Rumbero Sánchez, en nombre y representación de Mercedes Benz Financial Services España EFC, S. A., contra doña Soledad María Miranda Rosado, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 5 de octubre de 2020, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
“Sentencia número 129/2020
Fuenlabrada, a 5 de octubre de 2020..Vistos por el ilustrísimo señor don Guillermo Cortés García-Moreno, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Fuenlabrada, los presentes autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado a instancias de Mercedes Benz Financial Services España EFC, S. A., con la representación y defensa que obra en las actuaciones, contra doña Soledad María Miranda Rosado, sin representación procesal y en situación de rebeldía, habiendo recaído la presente resolución con base en los siguientes:
El presente juicio tiene como objeto reclamación de cantidad derivada de contrato de préstamo.
Fallo
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Mercedes Benz Financial Services España EFC, S. A., en los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado contra doña Soledad María Miranda Rosado, se condena a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 29.278,83 euros, así como los intereses legales incrementados en dos puntos desde la fecha de esta resolución y hasta su completo pago, todo ello con imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas en este procedimiento.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 59-0000-04-0740-19 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario”: Juzgado de primera instancia número 5 de Fuenlabrada, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 59-0000-04-0740-19.
Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, doña Soledad María Miranda Rosado, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la secretaría de este Tribunal.
En Fuenlabrada, a 14 de octubre de 2020..La letrada de la Administración de Justicia.
(02/27.722/20)</texto>
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