<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20201106-157</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2020/11/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 72/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>272</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20201106-157</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/06/BOCM-20201106-157.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/06/BOCM-20201106-157.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/06/BOCM-20201106-157.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/06/BOCM-20201106-157.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
157Madrid número 24. Ejecución 72/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 72/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D,/Dña. NOELIA ESTEBAN MOLINA, D./Dña. JOSE ANTONIO LOPEZ DEL MORAL, D./Dña. MARIA ELENA MOYA MARTINEZ, D./Dña. RAQUEL ARMINIO AVILES, D./Dña. MARTA FADON BAÑOS y D./Dña. BIANCA PINEDA GALLARDO frente a RESTAURADORES HOTELEROS DE MADRID S.L y A MILLION BUSINESS S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

PARTE DISPOSITIVA

Declaro la extinción de las relaciones laborales que unían a Da. Noelia Esteban Molina, D’. Marta Fadon Baños, Da. María Elena Moya Martínez, D’. Bianca Pineda Gallardo, D’. Raquel Arminio Avilés y D. José Antonio López del Moral con Restauradores Hoteleros Madrid S.L., a fecha de esta resolución, cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes.
 
Condeno a la mercantil Restauradores Hoteleros Madrid S.L. a abonar a Da. Noelia Esteban Molina en concepto de indemnización la cantidad de 4.742,34 euros, así como la cantidad de 2.845,26 euros, en concepto de salarios de tramitación.
Condeno a la mercantil Restauradores Hoteleros Madrid S.L. a abonar a Da. Marta Fadon Baños en concepto de indemnización la cantidad de 1.578,36 euros, así como la cantidad de 3.013,08 euros, en concepto de salarios de tramitación.
Condeno a la mercantil Restauradores Hoteleros Madrid S.L. a abonar a Da. María Elena Moya Martínez en concepto de indemnización la cantidad de 3.201,08 euros, así como la cantidad de 4.526,55 euros, en concepto de salarios de tramitación.
Condeno a la mercantil Restauradores Hoteleros Madrid S.L. a abonar a Da. Bianca Pineda Gallardo en concepto de indemnización la cantidad de 3.058,07 euros, así como la cantidad de 5.201,15 euros, en concepto de salarios de tramitación.
Condeno a la mercantil Restauradores Hoteleros Madrid S.L. a abonar a Da. Raquel Arminio Avilés en concepto de indemnización la cantidad de 1.578,36 euros, así como la cantidad de 825,01 euros, en concepto de salarios de tramitación.
Condeno a la mercantil Restauradores Hoteleros Madrid S.L. a abonar a D. José Antonio López del Moral en concepto de indemnización la cantidad de 1.578,36 euros, así como la cantidad de 3.802,22 euros, en concepto de salarios de tramitación.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, con carácter previo a la suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de conformidad a lo dispuesto en la LRJS.

Así por esta resolución, lo pronuncio, acuerdo y firmo.
 
 
Y para que sirva de notificación en legal forma a RESTAURADORES HOTELEROS DE MADRID S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dos de octubre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/26.361/20)</texto>
</documento>