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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/11/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 122/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>272</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34
191Madrid número 34. Ejecución 122/2020
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
D. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 122/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ALVARO EDUARDO BRACAMONTE MARTINS frente a FOGASA y ARJE FORMACION SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D. ALVARO EDUARDO BRACAMONTE MARTINS, frente a la demandada ARJE FORMACION SL, parte ejecutada, por un principal de 630,00 EUROS, más 18,9 euros y 63 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

DECRETO

PARTE DISPOSTIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ARJE FORMACION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de octubre de dos mil veinte.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/26.362/20)</texto>
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