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    <identificador>BOCM-20201111-124</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/11/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 5. Ejecución 67/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>276</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5
124Madrid número 5. Ejecución 67/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María José Villagrán Moriana, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 67/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. EVA MARIA BRAVO GARCIA frente a FOGASA y REPARACIONES EUROMICRO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO N.o 92/20
En Madrid a seis de octubre de dos mil veinte.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: extinguir con esta fecha la relación laboral que unía a las partes, condenando a la empresa a que abone a la parte actora en concepto de indemnización la suma de 21.544,35 € y otros 6.293,56 € en concepto de salarios de tramitación.
Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de tres días.
Así por este mi auto, lo pronuncio, mando y firmo.
D./Dña. ÁNGELA MOSTAJO VEIGA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Y para que sirva de notificación en legal forma a REPARACIONES EUROMICRO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a seis de octubre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/26.696/20)</texto>
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