<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20201111-57</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2020/11/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Alcorcón. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>276</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20201111-57</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/11/BOCM-20201111-57.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/11/BOCM-20201111-57.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/11/BOCM-20201111-57.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/11/BOCM-20201111-57.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ALCORCÓN</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
57Alcorcón. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón, en sesión celebrada el día 28 de octubre de 2020, aprobó inicialmente la modificación presupuestaria de suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería (expediente MCE 3/2020).
A tenor de lo establecido en el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se anuncia que la correspondiente documentación se pondrá a disposición del público en la oficina de Intervención durante un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Durante este plazo, los que ostenten legalmente la condición de interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno, que únicamente podrán basarse en los supuestos enumerados en el artículo 22.2 del citado texto legal.
Si en el transcurso del período de exposición pública no se presentasen reclamaciones, la modificación presupuestaria de suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería MCE 3/2020 se considerará definitivamente aprobada.
Alcorcón, a 6 de noviembre de 2020..La concejala-delegada de Hacienda, Contratación Pública y Patrimonio, Candelaria Testa.
(03/30.050/20)</texto>
</documento>