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    <titulo>– Sevilla la Nueva. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>SEVILLA LA NUEVA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA
RÉGIMEN ECONÓMICO
74Sevilla la Nueva. Régimen económico. Modificación presupuestaria
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos número 10/2020 del presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencias de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.
Aprobado definitivamente el expediente de transferencias de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Sevilla la Nueva, a 12 de noviembre de 2020..El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.
(03/30.648/20)</texto>
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