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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/11/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 79. Procedimiento 56/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>281</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 79</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 79
101Madrid número 79. Procedimiento 56/2019
EDICTO
D./Dña. ISABEL LOZANO BRUNA, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 79.
HAGO SABER: que en este Juzgado se siguen autos de Guarda, custodia y alimentos, instados por la Procuradora MARIA ANTONIA ARIZA COLMENAREJO, en nombre y representación de MAGALY PUERTA GÓMEZ, contra JULIÁN- STIVEN PIEDRAHITA MESA, en los que se ha dictado el 4 de noviembre de 2020 Sentencia estimatoria, la cual se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado JULIÁN- STIVEN PIEDRAHITA MESA y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, conforme a la Instrucción 6/12, de la Secretaría General de la Administración de Justicia.
Contra la Sentencia cabe interponer dentro del plazo de veinte días recurso de apelación ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (arts. 458 y ss. LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta nº: 2678 0000 00 0346 19, del Banco Santander.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en el nº de cuenta ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en concepto 2678-0000-00 0056-19.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2020.

LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/29.664/20)</texto>
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