<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20201126-17</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2020/11/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2020/11/15</fecha_disposicion>
    <titulo>Centros de prácticas 
– Orden 2939/2020, de 16 de noviembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se corrigen los errores materiales detectados en la Orden 1240/2020, de 12 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establece el procedimiento para la realización del Prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas y de la formación equivalente durante el curso 2020-2021 en centros de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>289</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20201126-17</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/26/BOCM-20201126-17.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/26/BOCM-20201126-17.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/26/BOCM-20201126-17.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/26/BOCM-20201126-17.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD</organismo>
    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD
17ORDEN 2939/2020, de 16 de noviembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se corrigen los errores materiales detectados en la Orden 1240/2020, de 12 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establece el procedimiento para la realización del Prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas y de la formación equivalente durante el curso 2020-2021 en centros de la Comunidad de Madrid.
Advertidos errores materiales en la Orden 1240/2020, de 12 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establece el procedimiento para la realización del Prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas y de la formación equivalente durante el curso 2020-2021 en centros de la Comunidad de Madrid, procede su corrección en el siguiente sentido:
En el artículo primero, apartado 1.a):
.	Donde dice: “Para la realización de las prácticas de alumnos del Máster en Formación del Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria: Universidad de Alcalá, Universidad Alfonso X el Sabio, Universidad Antonio de Nebrija, Universidad Autónoma de Madrid, Universidad Camilo José Cela, Universidad Católica de Ávila, Universidad Católica San Antonio de Murcia, Universidad CEU-San Pablo, Universidad Complutense de Madrid, Universidad a Distancia de Madrid, Universidad Europea de Madrid, Universidad Internacional de la Rioja, Universidad Internacional Valenciana, Universidad Internacional Isabel I de Castilla, Universidad Francisco de Vitoria, Universidad Nacional de Educación a Distancia, Universitat Oberta de Catalunya, Universidad Politécnica de Madrid, Universidad Pontificia Comillas, Universidad Pontificia de Salamanca y Universidad Rey Juan Carlos”.
.	Debe decir: “Para la realización de las prácticas de alumnos del Máster en Formación del Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria: Universidad de Alcalá, Universidad Alfonso X el Sabio, Universidad Antonio de Nebrija, Universidad Autónoma de Madrid, Universidad Camilo José Cela, Universidad Católica de Ávila, Universidad Católica San Antonio de Murcia, Universidad CEU-San Pablo, Universidad Complutense de Madrid, Universidad a Distancia de Madrid, Universidad Europea de Madrid, Universidad Internacional de la Rioja, Universidad Internacional Valenciana, Universidad Internacional Isabel I de Castilla, Universidad Francisco de Vitoria, Universidad Nacional de Educación a Distancia, Universitat Oberta de Catalunya, Universidad Politécnica de Madrid, Universidad Pontificia Comillas, Universidad Pontificia de Salamanca, Universidad Rey Juan Carlos, Universidad Europea de Valencia, Universidad de la Rioja y Universidad Internacional de Villanueva”.
En el artículo primero, apartado 1.b):
.	Donde dice: “Para la realización de las prácticas de alumnos de formación equivalente: Universidad Alfonso X El Sabio, Universidad Complutense de Madrid, Universidad de Extremadura, Universidad de La Rioja, Universidad Nacional de Educación a Distancia, Universidad Politécnica de Cartagena, Universidad Pontificia de Salamanca, Universidad Isabel I de Castilla y Universidad Rey Juan Carlos”.
.	Debe decir: “Para la realización de las prácticas de alumnos de formación equivalente: Universidad Alfonso X El Sabio, Universidad Complutense de Madrid, Universidad de Extremadura, Universidad de La Rioja, Universidad Nacional de Educación a Distancia, Universidad Politécnica de Cartagena, Universidad Pontificia de Salamanca, Universidad Isabel I de Castilla, Universidad Rey Juan Carlos y Universidad a Distancia de Madrid”.
		El Consejero de Educación y Juventud, 		ENRIQUE OSSORIO CRESPO
(03/31.207/20)</texto>
</documento>