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    <identificador>BOCM-20201126-89</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/11/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 92. Procedimiento 228/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>289</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92
89Madrid número 92. Procedimiento 228/2019
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) 228/2019, entre Coral Homes, S. L. U. e ignorados ocupantes de la calle Amargura, número 2, 3.o A, de Madrid, en cuyos autos se ha dictado la siguiente, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:
Sentencia número 121/2020
En Madrid a 24 de julio de 2020..Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María del Mar Ilundain Minondo, magistrada titular del Juzgado de primera instancia número 92 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal 228/19, seguidos ante este Juzgado a instancias de Coral Homes, S. L. U., representada por el procurador D. Julio Cabellos Alberto, asistida de la letrada Sra. Herrero Gómez, frente a los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Amargura, número 2, P. 3, Po. A, de Madrid.
Fallo
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Coral Homes, S. L. U., declaro haber lugar al desahucio por precario, condenando a los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Amargura, número 2, P. 3, Po. A, de Madrid a que, dentro del plazo legal, desocupen la vivienda dejándola a disposición de la parte miento, así como al pago de las costas.
Notifíquese esta sentencia conforme a la Ley, haciéndose saber que contra ella cabe interponer recurso de apelación en plazo de veinte días desde su notificación.
Así por esta mi Sentencia la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a ignorados ocupantes de la calle Amargura, número 2.o y 3.o, de Madrid, expido y firmo la presente en Madrid, a 27 de agosto de 2020..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/30.510/20)</texto>
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