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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/12/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Ejecución 148/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>294</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41
127Madrid número 41. Ejecución 148/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 148/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA VICTORIA GOMEZ FERNANDEZ frente a HORMIGONES ENVASADOS S.L sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. MARIA VICTORIA GOMEZ FERNANDEZ, frente a la demandada HORMIGONES ENVASADOS S.L, parte ejecutada, por un principal de 17.787,58 euros, (5.126,22 euros de indemnización, más la cantidad de 12.661,36 euros que resulta de incrementar la cantidad de 11.510,33 euros más un 10  por 100 de interés de mora que asciende a 1.151,03 euros) más 1.778,75 euros y 1.778,75 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Conforme a lo solicitado por la ejecutante, líbrese oficio para que la Seguridad Social y la TGSS para que realice la baja de oficio de la trabajadora Dña. MARIA VICTORIA GOMEZ FERNANDEZ con efectos de 31/12/2018, en cumplimiento de lo acordado en sentencia de 18/12/2019.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 5052-0000-64-0148-20.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HORMIGONES ENVASADOS S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de noviembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/29.847/20)</texto>
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