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    <fecha_publicacion>2020/12/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 46. Procedimiento 879/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 46
100Madrid número 46. Procedimiento 879/2019
EDICTO
Don Pedro Sáenz Pastor, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 879 de 2019, instados por el procurador don Pedro Pérez Medina, en nombre y representación de BBVA, S. A., contra don Juan Pablo Arceniegas Balseca, en reclamación de 40.393,09 euros, en los que se ha dictado en fecha 24 de noviembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
Que, estimando la demanda interpuesta por el procurador don Pedro Pérez Medina, en representación de BBVA, S. A., contra don Juan Pablo Arceniegas Balseca, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 40.393,09 euros, más el interés legal desde la fecha de presentación de la demanda.
Se imponen las costas del procedimiento a la parte demandada.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2540-0000-04-0879-19 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2540-0000-04-0879-19.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo..El/la magistrado/a-juez.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Juan Pablo Arceniegas Balseca, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 24 de noviembre de 2020..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/33.838/20)</texto>
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