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    <titulo>– Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Reglamento cementerio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
36Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Reglamento cementerio
En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 2 de diciembre de 2020, acordó, con las mayorías exigidas por la ley, aprobar inicialmente la modificación del título I, artículo 6.2, del reglamento de funcionamiento de los cementerios municipales.
El expediente se encuentra expuesto al público en el portal web y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, a fin de que las personas interesadas legítimas a que hace referencia el artículo 31 de la Ley 30/1992, de RJAP y PAC, y 49 de la Ley 7/1985, puedan examinarlo durante un plazo de treinta días hábiles, a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y presentar ante el Pleno las reclamaciones que estimen oportunas.
En el caso de no presentarse reclamación o alegación alguna la citada modificación se entenderá aprobada definitivamente, entrando en vigor al día siguiente al de su publicación completa en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su notificación a la Administración de la Comunidad de Madrid y del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Madrid, a 10 de diciembre de 2020..El concejal-delegado de Modelo de Ciudad, Medio Ambiente, Obras Públicas y Salud Pública, Jorge Canto López.
(03/34.069/20)</texto>
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