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    <titulo>Madrid número 1. Ejecución 94/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1
70Madrid número 1. Ejecución 94/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA JOSE VILLAGRAN MORIANA, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo social nº 1 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 94/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSÉ ANTONIO CUENDA RODRÍGUEZ frente a D./Dña. MARIO MARINCHEV NIKOLOV sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Se declara extinguida la relación laboral que unía a D./Dña. JOSE ANTONIO CUENDA RODRÍGUEZ con la empresa D./Dña. MARIO MARINCHEV NIKOLOV, condenando a esta a que abone a aquel/a la cantidad de 3.328,11 euros, en concepto de indemnización, y la cantidad de 28.110,11 euros, en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2499-0000-64-0094-20 y para pagos en ventanilla 2499-0000-64-0094-20.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilma. Sr. Magistrada - Juez 

D./Dña. AMAYA OLIVAS DÍAZ
LA MAGISTRADA-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. MARIO MARINCHEV NIKOLOV, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de noviembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/31.854/20)</texto>
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