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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/12/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 127/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>312</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15
144Madrid número 15. Ejecución 127/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 127/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CLAUDIO FERNANDEZ HUERTOS, D./Dña. LUIS BERNAL CORRAL, D./Dña. EMILIO ARIAS FERNANDEZ, D./Dña. OUMAR GAKOU MOUYALE, D./Dña. FILIP JANS, D./Dña. ENRIQUE GARRIDO PEREZ, D./Dña. CRISTIAN SCUTURICI RAZVAN, D./Dña. DIEGO GARRIDO RODRIGUEZ, D./Dña. NICOLAE SCUTURICI, D./Dña. WILLIAM EUGENIO ASTUDILLO MUÑOZ y D./Dña. DANIEL AGUSTIN CORDOVA ROJAS frente a MAGARTEL COMUNICACIONES S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Madrid, a veintitrés de noviembre de dos mil veinte.
PARTE DISPOSITIVA
Se estima la solicitud de subsanación de las resoluciones de fecha 11/11/2020, dictada en las presentes actuaciones al apreciarse error de transcripción de dos de los nombres de los once trabajadores, quedando redactados, tanto el antecedente de hecho primero como la parte dispositiva, del siguiente modo:
“… D./Dña. FILIP JANS, D./Dña. OUMAR GAKOU MOUYALE, D./Dña. DIEGO GARRIDO RODRIGUEZ, D./Dña. DANIEL AGUSTIN CORDOVA ROJAS, D./Dña. LUIS BERNAL CORRAL, D./Dña. CRISTIAN SCUTURICI RAZVAN, D./Dña. ENRIQUE GARRIDO PEREZ, D./Dña. EMILIO ARIAS FERNANDEZ, D./Dña. CLAUDIO FERNANDEZ HUERTOS, D./Dña. NICOLAE SCUTURICI y D./Dña. WILLIAM EUGENIO ASTUDILLO MUÑOZ, frente…”
Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los autos.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MAGARTEL COMUNICACIONES S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintitrés de noviembre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/32.518/20)</texto>
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