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    <titulo>– Arganda del Rey. Régimen económico. Calendario fiscal</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
50Arganda del Rey. Régimen económico. Calendario fiscal
Resolucion número 2020006985, de 22 de diciembre de 2020, de la concejala-delegada de Hacienda y Regimen Interior.
Número expediente: 13/2020/93000.
Con el fin de dar a conocer el calendario de cobro de los tributos municipales de carácter periódico del año 2021 y facilitar, en consecuencia, la planificación de los ingresos y el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, se informa:
Resultando: que el calendario de cobro intenta armonizar las facilidades en el pago y los necesarios flujos monetarios derivados de los ingresos tributarios, al mismo tiempo que facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias al contribuyente, junto con la posibilidad de acogerse al sistema especial de pago en diez plazos (FGU) respecto de los tributos de carácter periódico a liquidar durante el año 2021.
Considerando: el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 107.1 de la actual Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de febrero de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 44)
Considerando: las competencias delegadas por la Alcaldía-Presidencia, por su decreto de Alcaldía número 2019003008, de 17 de junio de 2019, y en concreto, “8. La gestión de ingresos de titularidad municipal e inspección tributaria. En particular: La aprobación del calendario fiscal” [...]
Vistos los preceptos legales citados, en virtud de las competencias delegadas por la Alcaldía-Presidencia, por su decreto de Alcaldía número 2019003008, de 17 de junio de 2019,
RESUELVO
Primero..La aprobación con carácter general del calendario de cobro, abajo relacionado, de los tributos municipales de carácter periódico del año 2021:

Segundo..Para aquellos contribuyentes acogidos al Sistema Especial de Pagos (FGU) las cuotas mensuales se cargarán en cuenta, con carácter general, los días 10 de cada mes.
Tercero..Los plazos previstos en los apartados anteriores podrán ser modificados excepcionalmente mediante resolución de la concejal-delegada de Hacienda.
Cuarto..La inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento por el plazo de treinta días a contar desde la fecha de su publicación.
Lo manda y firma.
En Arganda del Rey, a 22 de diciembre de 2020..La concejala-delegada de Hacienda y Régimen Interior, Ana María Sabugo Marcello.
(01/36.279/20)</texto>
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