<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20210120-94</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/01/20</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 27. Ejecución 156/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>16</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20210120-94</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/01/20/BOCM-20210120-94.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/01/20/BOCM-20210120-94.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/01/20/BOCM-20210120-94.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/01/20/BOCM-20210120-94.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27
94Madrid número 27. Ejecución 156/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ELENA MÓNICA CEPEDA PÉREZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA SUSTITUTA del Juzgado de lo social nº 27 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 156/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. DARNULFO AHUMADA PÉREZ frente a D./Dña. GALO EUGENIO MORALES VACA sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Auto de extinción de fecha 11/9/20, en el que cabe recurso de reposición por tres días.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. GALO EUGENIO MORALES VACA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de septiembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/35.930/20)</texto>
</documento>