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    <identificador>BOCM-20210201-28</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN  DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD</departamento>
    <rango>ADENDA</rango>
    <fecha_publicacion>2021/02/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2020/12/28</fecha_disposicion>
    <titulo>Convenio
– Adenda de 29 de diciembre de 2020, de prórroga de Convenio de Asistencia Jurídica al Ente Público Canal de Isabel II por parte de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid, de 3 de diciembre de 2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
CANAL DE ISABEL II
28ADENDA de 29 de diciembre de 2020, de prórroga de Convenio de Asistencia Jurídica al Ente Público Canal de Isabel II por parte de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid, de 3 de diciembre de 2019.
En Madrid, a 29 de diciembre de 2020.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Dña. María Eugenia Carballedo Berlanga, Consejera de Presidencia de la Comunidad de Madrid, nombrada por Decreto 54/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 197, de 20 de agosto de 2019), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Jesús Albendea del Busto, Director Gerente del Ente Público Canal de Isabel II, nombrado por Acuerdo del Consejo de Administración del Ente Público Canal de Isabel II celebrado el 1 de junio de 2016, en virtud de delegación del Presidente del Ente Público Canal de Isabel II, de 7 de septiembre de 2018, del ejercicio de la competencia para suscribir, en nombre del Ente Público Canal de Isabel II, los convenios de colaboración contemplados en el Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Número 232, de 28 de septiembre de 2018, corrección de errores BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Número 253, de 23 de octubre de 2018).
Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda de prórroga y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Con fecha de 3 de diciembre de 2019 fue suscrito el Convenio de Asistencia Jurídica al Ente Público Canal de Isabel II, pactándose una duración inicial del mismo que finaliza el 31 de diciembre de 2020.
Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los Letrados de la Comunidad de Madrid al Ente Público Canal de Isabel II, a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.
Segundo
El artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula la duración y régimen de prórrogas de los convenios, disponiendo su apartado 2.o que, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia pactado, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En términos semejantes se expresa la cláusula cuarta del convenio cuya prórroga se pretende.
Tercero
Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente acordar la prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2021, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.
Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga del Convenio
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan prorrogar el Convenio de Asistencia Jurídica al Ente Público Canal de Isabel II, de 3 de diciembre de 2019, hasta el 31 de diciembre de 2021.
Segunda
Mantenimiento y vigencia del resto de cláusulas
Todas las restantes obligaciones asumidas por las partes firmantes en virtud del Convenio que ahora se prorroga se mantienen expresamente vigentes y sin cambios hasta la expiración del plazo de prórroga objeto de la presente Adenda.
Y, para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma por triplicado la presente Adenda, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Madrid, a 29 de diciembre de 2020..La Consejera de Presidencia de la Comunidad de Madrid, María Eugenia Carballedo Berlanga..El Director Gerente del Ente Público Canal de Isabel II, Jesús Albendea del Busto.
(01/2.208/21)</texto>
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