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    <fecha_publicacion>2021/02/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Procedimiento 798/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41
98Madrid número 41. Procedimiento 798/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo social nº 41 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 6/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. CLARA EUGENIA REY GUIJARRO frente a FOGASA y COPADO SOLUTIONS SL sobre Ejecución Provisional se han dictado las siguientes resoluciones:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda despachar orden general de ejecución provisional de la sentencia en los presentes autos a favor de D./Dña. CLARA EUGENIA REY GUIJARRO contra COPADO SOLUTIONS SL.

Notifíquese la presente resolución a las partes. 

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER número de cuenta 5052-0000-64-0006-21.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ HUERGO 

En Madrid, a veinte de enero de dos mil veintiuno.

Habiéndose formado pieza separada de ejecución provisional, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 297 y 298 de la L.J.S., cítese a las partes para que comparezcan en este Juzgado, sito en C/Princesa nº 3, 10ª planta, 28008 de Madrid, el próximo día 09/03/2021 a las 08:25 horas, al objeto de ser oídas sobre la cuestión suscitada por D./Dña. CLARA EUGENIA REY GUIJARRO que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Las partes que comparezcan deberán aportar masacrillas, guantes y bolígrafos si continúan las circunstancias sanitarias actuales.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante, lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S). 

Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a COPADO SOLUTIONS, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de enero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/1.789/21)</texto>
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