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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
URBANISMO
53Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Estatutos y bases actuación junta de compensación
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2020 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2020/3891, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero..Aprobar definitivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 162.3 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978 de 25 de agosto, el Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación para la constitución de la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico APE 05.09.01 “Colonia Ciudad Jardín Alfonso XIII-Municipal, Unidad de Ejecución 1 Ramón Pereyra-Emilio Mario” con desestimación de las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública en el sentido del informe emitido con fecha 23 de noviembre de 2020 por la Dirección General de Gestión Urbanística.
Segundo..Designar como representante de la administración actuante en el órgano rector de la Junta de Compensación que se constituya a la Concejala Presidenta del Distrito de Chamartín o persona en quien delegue.
Tercero..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y notificar individualizadamente a las personas propietarias y a quienes hayan comparecido en el expediente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 162.4 y 162.5 del Reglamento de gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978 de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportunos deducir.
Madrid, a 18 de diciembre de 2020..La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/35.397/20)</texto>
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