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    <titulo>Majadahonda número 2. Procedimiento 39/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 2
98Majadahonda número 2. Procedimiento 39/2020
EDICTO
DOÑA AIDA MARÍA SOTO FERNÁNDEZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE MAJADAHONDA.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves n.º 39/2020 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N.º 8/2020

En Majadahonda, a 21 de enero de 2020,

Vistos por doña M.ª Isabel Serrano Pozuelo, Magistrada, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Majadahonda, los presentes autos de juicio por delito leve, registrados con el número indicado anteriormente, y en el que han sido partes el Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, como denunciante don Juan Prats Martín, como denunciado don Isaac Dobao Santomé, como perjudicada Alcampo, se procede en nombre de S. M. el Rey a dictar la presente sentencia.

FALLO

Que debo condenar y condeno a don Isaac Dobao Santome como autor responsable de un delito leve de hurto en grado de tentativa, tipificado en el artículo 234.2 del Código Penal, en relación con los artículos 16 y 62 del Código Penal, a la pena de veinte días de multa, con una cuota diaria de cinco euros por día de sanción, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, condenándole también al pago de las costas procesales.

Que asimismo condeno a don Isaac Dobao Santome, en concepto de responsabilidad civil, a pagar al legal representan de Alcampo la suma de 13,37 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y cabe interponer contra la misma recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a DON ISAAC DOBAO SANTOMÉ, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Majadahonda, a 29 de enero de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/3.551/21)</texto>
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