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    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 3/2021</titulo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4
36Madrid número 4. Ejecución 3/2021
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 3/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LUIS FLORENCIO MEANA CABEZA frente a QUICK ZONE MULTISERVICIOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA 

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. LUIS FLORENCIO MEANA CABEZA, frente a la demandada QUICK ZONE MULTISERVICIOS SL, parte ejecutada, por un principal de 1.405,71 euros, más 140,57 euros de intereses calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación. 
Notifíquese la presente resolución a las partes. 

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander 2502-0000-64-0003-21.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez 

D./Dña. MARÍA LUISA SANZ ANCHUELA.
EL MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a QUICK ZONE MULTISERVICIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de enero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/1.758/21)</texto>
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