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    <titulo>– Algete. Organización y funcionamiento. Ordenanza servicio teleasistencia a domicilio</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALGETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
54Algete. Organización y funcionamiento. Ordenanza servicio teleasistencia a domicilio
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Algete, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2020, acordó aprobar provisionalmente la ordenanza municipal reguladora del servicio de teleasistencia a domicilio (Exp.SS/TAD/6/2020).
Dicho acuerdo, con la ordenanza y demás antecedentes que obran en el respectivo expediente, quedan expuestos al público en las oficinas municipales de este Ayuntamiento, en el Departamento de Servicios Sociales, situado en la calle Limón Verde, número 2, o a través de acceso a la ordenanza a través del tablón de anuncios de la sede electrónica de forma telemática, y pudiendo solicitar el acceso telemático al expediente.
La exposición al público se realiza durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Madrid, a efectos de que puedan ser examinados por los interesados y con plazo común para, en su caso, presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
La aprobación inicial de no formularse reclamaciones se elevará a definitiva, sin ser preciso nuevo acuerdo municipal.
Lo que se hace público en cumplimiento de cuanto previene la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 49 y demás disposiciones legales de aplicación sobre la materia.
En Algete a 4 de febrero de 2021..El alcalde en funciones, Gastón Ouviña Cabezas Ríos.
(03/4.146/21)</texto>
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