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    <titulo>– Buitrago del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa expedición documentos administrativos</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
36Buitrago del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa expedición documentos administrativos
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de febrero de 2021, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la página web de este Ayuntamiento (www.buitrago.org)
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Buitrago del Lozoya, a 19 de febrero de 2021..El alcalde, Tomás Fernández Vidal.
(03/6.266/21)</texto>
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