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    <titulo>– Colmenar Viejo. Urbanismo. Plan parcial sector 9</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>COLMENAR VIEJO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
URBANISMO
41Colmenar Viejo. Urbanismo. Plan parcial sector 9
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 26 de enero de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero..La aprobación inicial del documento de Plan Parcial para el desarrollo urbanístico del Sector-9: “Lavanderas” del P. G. O. U. vigente, presentado por la comisión gestora que representa a los propietarios de la totalidad del suelo incluido en el ámbito de actuación del mismo. 
Segundo..Su sometimiento a período de información pública por plazo no inferior a un mes mediante publicaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, diario de difusión nacional y tablón y web municipal con notificación del acuerdo a todos los propietarios del suelo incluido en el ámbito del Sector.
Tercero..Remisión a los siguientes organismos solicitando informes preceptivos en cumplimiento de la citada normativa por ser competentes en materia de Urbanismo y Ordenación del Territorio, o que por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, se consideran necesarios, y a los efectos previstos en el Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre gestión de infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad de Madrid y de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental:
.	Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad. Dirección General de Urbanismo.
.	Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad. Dirección General de Agricultura. Área de Vías Pecuarias. 
.	Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras. Dirección General de Carreteras.
.	Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Tajo.
Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente durante el plazo indicado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General del mismo o de cualquier otra forma admitida por el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, cuantas alegaciones estimen pertinentes en defensa de sus derechos.
Colmenar Viejo, a 11 de febrero de 2021..El alcalde-presidente, Jorge García Díaz.
(02/6.062/21)</texto>
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