<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20210309-105</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Mercantil:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/03/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 11. Procedimiento 476/2017</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>57</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20210309-105</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/09/BOCM-20210309-105.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/09/BOCM-20210309-105.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/09/BOCM-20210309-105.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/09/BOCM-20210309-105.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Mercantil:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 11
105Madrid número 11. Procedimiento 476/2017
EDICTO
Doña María Luisa Pariente Vellisca, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil número 11 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 476/2017, instados por el procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de Ducal de Nava, S. L. U., contra don Ventura Gil Peña e Inversiones y Promociones Venisal, S. L., en los que se ha dictado en fecha 28 de enero de 2021, sentencia cuyo fallo es la siguiente:
“Desestimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Argimiro Vázquez Guillén, actuando en nombre y representación de Ducal de Nava, S. L.
Se imponen las costas a la parte actora.
Notifíquese a las partes la presente resolución.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación que será resuelto por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.”
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la codemandada Inversiones y Promociones Venisal, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 28 de enero de 2021..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/6.556/21)</texto>
</documento>