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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 14/2020</titulo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
136Madrid número 32. Ejecución 14/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 14/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA ANTONIETA STORACI frente a HAMBURGUESAS MADRID LAS TABLAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a doce de febrero de dos mil veintiuno.

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de auto a favor de la parte ejecutante, D./Dña. MARIA ANTONIETA STORACI, frente a la demandada HAMBURGUESAS MADRID LAS TABLAS SL, parte ejecutada, por un principal de 12.265,93 euros más 2.453,19 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2805-0000-64-0014-20.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. Mª LUISA GIL MEANA.

EL MAGISTRADO-JUEZ

DECRETO

En Madrid, a doce de febrero de dos mil veintiuno.

PARTE DISPOSTIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

- Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

- Se acuerda el embargo de los saldos acreedores existentes en las Cuentas corrientes, depósitos de Ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de los apremiados, en los que la correspondiente entidad financiera actuará de depositario o mero intermediario, hasta cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. A tal fin, se procede a cumplimentar la referida orden de embargo a través del Sistema de Embargo de Cuentas a la Vista proporcionado por el Punto Neutro Judicial.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HAMBURGUESAS MADRID LAS TABLAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a doce de febrero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/5.497/21)</texto>
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