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    <identificador>BOCM-20210312-159</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/03/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Ejecución 169/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>60</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16
159Madrid número 16. Ejecución 169/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 D./Dña. ANA CORRECHEL CALVO  LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 169/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JAIME GAVIRIA PEREZ frente a SAG MECANIZADOS TECNICOS INDUSTRIALES  SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

“A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 12.498,18 EUROS de principal; 1.250 EUROS de intereses y 1.250 EUROS calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado SAG MECANIZADOS TECNICOS INDUSTRIALES  SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Asimismo, remítanse por correo certificado testimonios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archivense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SAG MECANIZADOS TECNICOS INDUSTRIALES  SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de febrero de dos mil veintiuno.


EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.641/21)</texto>
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