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    <departamento>– Juzgados de Violencia sobre la Mujer:</departamento>
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    <titulo>Arganda del Rey número 1. Procedimiento 40/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Violencia sobre la Mujer:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 1
156Arganda del Rey número 1. Procedimiento 40/2019
EDICTO
Dña. MARÍA MAGDALENA GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer núm. 1.
da fe, que en este Juzgado se siguen autos de referencia en los que se ha dictado en fecha 17/02/2020 sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Estimando esencialmente la demanda interpuesta a instancia de Doña LEYA DASH por la Procuradora de los Tribunales Sra. CARRERA CEPEDANO contra D. ROBIN DASH HALDER, en rebeldía procesal, debo efectuar y efectúo los siguientes pronunciamientos:

1º) Se mantiene la patria potestad compartida de ambos progenitores, si bien su ejercicio se confiere exclusivamente a la progenitora materna.

2º) Al conllevar el ejercicio exclusivo de la patria potestad por la progenitora materna la disponibilidad sobre la salida de territorio nacional de las menores, no se precisa autorización judicial a esos efectos.

Todo ello sin hacer expresa condena en costas.

La presente sentencia no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación en un plazo de VEINTE DÍAS ante este mismo Juzgado y a resolver ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. ROBIN DASH HALDER y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Arganda del Rey, a 5 de marzo de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/8.171/21)</texto>
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