<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20210317-71</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Instrucción:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/03/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento 91/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>64</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20210317-71</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/17/BOCM-20210317-71.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/17/BOCM-20210317-71.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/17/BOCM-20210317-71.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/17/BOCM-20210317-71.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18
71Madrid número 18. Procedimiento 91/2019
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 91/2019 entre D./Dña. MIREL DUMITRU y D./Dña. JENNIFER DADAL ANTOLIN por un presunto delito de Quebrantamiento de los deberes de custodia, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva, dice:

AUTO

EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. ANGEL JOSE LERA CARRASCO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 18 de enero de 2019.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En este Juzgado se ha recibido denuncia de MIREL DUMITRU de fecha 5 de enero de 2019.

PARTE DISPOSITIVA

Incoese juicio por delito leve, registrándose como Juicio sobre delitos leves n° 91/2019.
Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.
Con reserva de acciones civiles que pudieran corresponder a la parte denunciante
 
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al M° Fiscal,
 
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe..El/La Juez/Magistrado-Juez..El/La Letrado/a de la Administración de Justicia

Y para que sirva de notificación a D./Dña. MIREL DUMITRU expido y firmo la presente.

En Madrid, a 19 de febrero de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/6.328/21)</texto>
</documento>