<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20210318-103</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/03/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 91. Procedimiento 332/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>65</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20210318-103</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/18/BOCM-20210318-103.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/18/BOCM-20210318-103.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/18/BOCM-20210318-103.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/03/18/BOCM-20210318-103.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 91</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 91
103Madrid número 91. Procedimiento 332/2019
EDICTO
Fernando Javier Navalón Romero, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 91 de Madrid.
Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) 332/2019, entre Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S. A., e ignorados ocupantes de la finca sita en la calle María Antona, número 4, de Madrid, en reclamación de desahucio de precario, en cuyos autos se ha dictado la sentencia en fecha 10 de septiembre de 2020 por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Eduardo Corral Corral, en cuya parte dispositiva, que se encuentra a su disposición en la oficina de este Juzgado:
Que estimando la demanda interpuesta por la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S. A. (SAREB) contra … y cualquier otro ignorado ocupante de la vivienda objeto de autos, en rebeldía en las presentes actuaciones, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de los citados demandados de la finca descrita en el hecho primero de esta resolución, apercibiéndoles que si no la desalojan dentro del término legal, serán lanzados de ella y a su costa; todo ello con expresa imposición de las costas a la citada parte demandada.
Y para que sirva de notificación a ignorados ocupantes de la finca sita en la calle María Antona, número 4, de Madrid, expido y firmo la presente en Madrid, a 18 de febrero de 2021..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/8.327/21)</texto>
</documento>